Bienes Raíces Cristina Alemán
Venta, renta, de bienes inmuebles, terrenos, departamentos, casas en Cancún y Riviera Maya
Escriturar un inmueble es muy sencillo, ya que la mayor parte del proceso la realiza un notario.
Para la mayoría comprar una casa o un departamento representa la inversión de todos sus ahorros o el compromiso de tener que pagar un crédito por mucho tiempo.
Por ello es fundamental escriturar el inmueble a tu nombre para poder comprobar su propiedad.
Antes de firmar cualquier contrato o comprometerte a la compra de cualquier forma, contacta a tu notario, quien debe confirmar ciertos aspectos básicos del inmueble antes de realizar la compraventa.
Si la compra del inmueble se realiza por medio de un crédito hipotecario, ya sea de un organismo de vivienda como Infonavit o FOVISSSTE, o con un banco, esta institución verificará que los papeles de la propiedad estén en regla, una vez que considere todo correcto, un notario deberá realizar una nueva verificación.
El notario deberá también tramitar las constancias que acrediten que el inmueble está libre de gravámenes
En caso de que la propiedad presente adeudos, deberá ser el vendedor el que cubra esos gastos.
A menos de que lleguen a otro acuerdo durante la compraventa. Además, el notario deberá obtener un avalúo del inmueble.
Una vez que toda la documentación está lista, el notario deberá elaborar el proyecto de la escritura y coordinar una reunión en la que estén presentes el comprador, el vendedor, la institución financiera, en su caso, y él mismo, durante esta reunión se realizarán los pagos correspondientes y se deberá leer la escrituración en voz alta, si todos los presentes en la reunión están de acuerdo se procederá a la firma.
Antes de la firma de la escritura se deberá realizar el pago de la cantidad acordada en la compraventa; si la compra se realiza a través de un crédito hipotecario, el banco otorgará los fondos correspondientes en este momento. De igual manera en ese momento deberás cubrir los impuestos, derechos y demás gastos notariales que oportunamente te hayan detallado.
Los gastos a pagar por el comprador son:
El impuesto sobre adquisición de inmuebles, derechos de registro público, derechos por la obtención de certificados o constancias de diversas dependencias (tales como el certificado de libertad de gravámenes, constancias de no adeudo de contribuciones, constancias de uso de sueldos, etc.), erogaciones (pago a gestores, traslados, avalúos, etc.); y finalmente los honorarios del notario.
Tanto los impuestos como los honorarios del notario deberán ser pagados directamente al notario.
El notario deberá elaborar el testimonio de la escritura y tramitar su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, de esta manera se dará por terminado el proceso de escrituración.
El proceso de escrituración toma en promedio alrededor de tres semanas, dependiendo de cada entidad federativa en donde se presente.
Una vez inscrito el testimonio de tu escritura, la entrega del mismo dependerá de los tiempos que cada Registro Público de la Propiedad maneje para dicho trámite.